MÉRIDA, Yucatán, martes 27/11/18.- Ante la resolución de un juez federal de no reconocer el valor legal de un laudo emitido por un tribunal de arbitraje a su favor, la empresa constructora del Hospital de Ticul, Infraestructura Hospitalaria de la Península (IPH), llevará el caso a Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Los afectados señalan que la rescisión del contrato de esa obra, decretado por la administración de Rolando Zapata Bello en 2015, dejó una millonaria pérdida económica, de modo que pedirán al gobierno yucateco a pagar más de $746.2 millones, por esa rescisión, a la compañia, subsidiaria del Grupo Marhnos.
De acuerdo con la información del Diario de Yucatán, el gobierno del Estado, por medio de los Servicios de Salud de Yucatán (SSY) y con previa autorización del Congreso, encargó la construcción del Hospital de Ticul, de 90 camas, mediante un Contrato de Proyecto para la Prestación de Servicios (PPS), a IHP, con 25 años de vigencia el 12 de septiembre de 2012, pocos días antes de que la entonces gobernadora Ivonne Ortega Pacheco, la principal impulsora de la obra, terminara su gestión.
Su sucesor, Zapata Bello, consideró desventajosas las condiciones financieras de ese contrato, que obligaba al gobierno a pagar una compensación mensual de $19.75 millones —$658,000 diarios y $237 millones al año— para un total de $5.571,568 más IVA, al final de la vigencia del contrato en 2037.
Zapata Bello ofreció a IHP, que siempre estuvo atrasada en la construcción del hospital, reducir el número de camas a 30 y ampliar el plazo de entrega de la obra, y aunque la empresa aceptó, no cumplió las fechas, de modo que el 6 de julio de 2015 el gobierno rescindió administrativamente el contrato PPS.
Poco después, el gobierno estatal obtuvo por la vía civil un “Incidente de cuantificación y valoración de la obra”, que calculó el pago de las instalaciones del Hospital de Ticul en $125.051,765.7.
IPH respondió que aceptaba recibir ese dinero por concepto de adquisición de las instalaciones del nosocomio, “pero no como cantidad total”.
La empresa de Grupo Marhnos decidió combatir el monto de la deuda mediante juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Yucatán, organismo que por sentencia definitiva confirmó la suma de $125.051,765.7 como monto del adeudo, declarando la validez de la resolución impugnada.
Debido a que la SSY e IHP no llegaron a ningún acuerdo por el pago por terminación y a que el gobierno se negó a recibir el inmueble, actualmente abandonado, Infraestructura Hospitalaria decidió dirimir el conflicto en un tribunal arbitral, como lo establece la cláusula 23.2 del contrato.
Según ésta, cualquier controversia se resolvería a elección del actor, en este caso IHP, “ya fuese a través de los tribunales competentes del Estado de Yucatán, o bien a través de un procedimiento arbitral regido por el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional”.
Ese tribunal arbitral admitió la controversia a trámite en mayo de 2016 y así se le notificó a la SSY.
El 11 de agosto de 2016 esta dependencia rechazó esa propuesta, alegando la incompetencia de ese tribunal en el caso, aunque el proceso continuó. En abril de 2017, el tribunal arbitral determinó que de acuerdo con el contrato PPS sí era competente para resolver el conflicto planteado por IHP.
El 24 de octubre de 2017, esta compañía presentó la demanda arbitral y el 30 de noviembre la SSY presentó la contestación.
Un mes después, según información obtenida por Diario de Yucatán, ambas partes presentaron los escritos de réplica y dúplica, respectivamente.


