MÉRIDA, Yucatán, viernes 01/10/21.- De acusadores, Raúl Humberto N.N. y Janette N.C. pasaron a acusados y los imputaron y vincularon por el delito de falsedad de declaraciones e informes dados a una autoridad, luego que antes ellos denunciaron al ex delegado del Registro Agrario Nacional (RAM), Jorge Eduardo N.P.
Este es un pleito familiar, pues los ahora procesados son tío y prima del ex funcionario, a quien acusaron del delito de fraude específico de 15 predios de gran valor.
El ex delegado del RAN los demandó, pues sus parientes no reconocieron sus firmas en un poder notarial y dijeron que no eran de ellos, a pesar de que un estudio determinó que sí eran sus rúbricas.
A un año de que Raúl Humberto N.N. y Janette N.C. denunciaron a Jorge Eduardo por fraude específico y lo llevaron a tribunales, ahora ellos fueron imputados y vinculados, pues el juez de control Luis Armando Mendoza Casanova accedió a vincularlos y le impuso a la pareja las medidas cautelares de presentación periódica para firma; no salir del Estado; sometimiento a vigilancia, y portar un brazalete electrónico.
Cabe indicar que el fondo del asunto fue un presunto fraude cometido por el exfuncionario por mala administración y no rendir cuentas, pero como los ahora procesados negaron que hayan estampado sus firmas en un poder notarial que se usó y las actas son falsas, cuando los mismos documentos utilizaron para denunciar, se les cayó el asunto.
Pese a eso, estos dos sujetos denunciaron al ex funcionario ante el Ministerio Público y demandaron ante los juzgados civiles, desconociendo firmas, cuando hay un estudio grafoscópico del MP y de un tercero en discordia que avalan sus rúbricas.
La imputada, se presentó como apoderada general para asuntos judiciales de su padre, el 23 de enero del 2018 y compareció ante la agencia Trigésimo Quinta del Ministerio Público del Fuero Común e interpuso denuncia y/o querella en contra de Jorge Eduardo y otros, por hechos posiblemente delictivos, así como interpuso demanda en juicio ordinario civil de nulidad de escritura pública mediante escrito de demanda del 26 enero de 2018, ante el Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Departamento Judicial del Estado.
Padre e hija señalaron de falso el contenido de la escritura pública número 47 de fecha 18 de marzo del 2016, celebrada ante notario público, relativa al Poder General Amplísimo para toda clase de asuntos judiciales, comprendiendo pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, con todas las facultades generales y las especiales que requieren cláusula especial conforme a la ley, en favor de Jorge Eduardo.
Declararon también como falso el contenido del acta número 884 de fecha 30 septiembre del año 2016, celebrada ante notario púbico respecto, a un contrato de dación en pago que celebró Jorge Eduardo como apoderado de Raúl Humberto.
Esta dación de pago versó sobre inmuebles dentro de Yucatán, con vencimiento al 12 de septiembre de 2015, así como ante la autoridad civil que conoce del asunto.


