CIUDAD DE MÉXICO (EFE).— Un juez federal otorgó ayer la primera suspensión provisional contra la obligación de registrar datos biométricos en el nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), que entró en vigor el 17 de abril tras publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Hace una semana, el Senado aprobó una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que crea el citado padrón con la información de los usuarios. Además, ese listado contendrá el número de línea, fecha y hora de activación, nombre completo del usuario, su Clave Única de Registro de Población (CURP) y sus datos biométricos, entre otra información.

La medida cautelar otorgada es para el efecto de que no se aplique al quejoso la obligación establecida en la norma reclamada consistente en registrar su línea telefónica móvil en el Panaut y, en consecuencia, no le sea cancelada por su falta de registro.

El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, señaló que la entrega de datos personales y biométricos para registrar una línea de telefonía móvil en el Panaut “podría no ser idónea ni proporcional ya que no se advierte una relación directa o causal entre la existencia de ese padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos”.

Además, puede afectar derechos humanos como el derecho al acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

En su fallo, el juez dijo que, si bien es cierto que dicha incidencia persigue un fin constitucionalmente legítimo, como lo es facilitar la investigación y persecución de delitos, recordó que la finalidad del Panaut es crear una base de datos con información de las personas que sean titulares de una línea telefónica móvil.

Esto para el intercambio de información con las autoridades en materia de seguridad y justicia, en asuntos relacionados con la comisión de delitos.

En la reforma a la ley, se apuntó también que los concesionarios dejarán sin servicio a quienes no proporcionen sus datos y aquellos con líneas preexistentes tendrán un plazo de dos años para acudir a dar su información y de seis meses para nuevas líneas.

Con dicha reforma, México se apuntó como uno de 20 países del mundo que exige los datos biométricos, que incluyen las huellas digitales y el iris.

La iniciativa fue propuesta del partido Morena, que justificó su necesidad para combatir las extorsiones telefónicas, secuestros y crimen organizado.

Amparos

Las empresas no podrán solicitar datos personales ni biométricos y los usuarios podrán interponer amparos contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil hasta el 28 de mayo, coincidieron expertos.

Luis Fernando García, director de la Red en Defensa por los Derechos Digitales (R3D), detalló que falta mucho para que pidan los datos de los usuarios.

“Tienes todo abril y mayo para meter el amparo”, indicó García en su cuenta de Twitter. Agregó que los formatos que circulan son de mala calidad y algunos poco confiables pero desde R3D ayudarán a los usuarios a interponer amparos.

Por su parte, Michel Hernández, experto en telecomunicaciones y regulación, dijo que la entrada en vigor del Padrón no implica que vayan a pedir biométricos desde ya pues si se concreta pasarán meses.

“No corran a descargar el primer formato de amparo que encuentren, tenemos hasta el 28 de mayo y se requiere acompañamiento, busquen ONGs/abogados especialistas”, recomienda.