MÉRIDA, Yucatán, viernes 22/01/21.- En un ‘extraño’ cambio, el Tribunal de Segunda Instancia modificó la vinculación a proceso de William Yair P.L.: Quitó el de homicidio calificado en grado de tentativa y puso el de ataques peligrosos y lesiones, de modo que lo perdonaron y expiró la acción penal.
El 14 de marzo de 2020 vincularon a William Yair por el delito de homicidio calificado en grado de tentativa, pues no pudo matar a José S.C.Ch. por cuestiones ajenas a su voluntad, ya que se le impidió concluir su cometido.
Sin embargo, cuando el lesionado se recuperó, se recurrió al tribunal para modificar la resolución del juez de control de Tekax, Manuel Jesús Soberanis Ramírez, de modo que cuando quedó como un delito cuya pena no va a más de 9 meses de cárcel, las partes tuvieron que llegar a un arreglo para lograr una salida anticipada al problema, previas unas disculpas y un pago.
El juez de la causa decretó la extinción de la acción penal y el sobreseimiento; asimismo, antes de finalizar la audiencia, el asesor manifestó que renunciaba al plazo para impugnar lo resuelto, a lo que el defensor particular y la Fiscalía no se opusieron.
De acuerdo a los hechos, el 8 de marzo, a las 20 horas, William fue a una casa ubicada en la calle 7 con 14 de la localidad de Ticum, Tekax, y, armado con un cuchillo, le dio “tajos” a José, con la intención de privarlo de la vida, lo cual no consiguió por causas ajenas a su voluntad.
El sujeto le ocasionó lesiones en distintas partes del cuerpo, las cuales tardaban en sanar más de quince días.


