MÉRIDA, Yucatán, sábado 28/11/20.- A Carlos Alberto y Jorge Martínez González los sacaron de la vivienda que compartían con su madre, de 81 años de edad, a la que agredían física, económica y verbalmente, pues son adictos a las bebidas embriagantes.

En atención a una denuncia interpuesta por una persona de la tercera edad, relacionada con hechos de violencia familiar, la Fiscalía General del Estado otorgó medidas de protección emergente, con las que la afectada podrá retornar a su casa de la que tuvo que salir ante diversos episodios de agresiones.

En torno al caso, la dependencia recibió la denuncia correspondiente en el Centro de Justicia para las Mujeres (CJMY), en donde se le dio seguimiento al asunto y se otorgaron las medidas que incluyen el desalojo de los dos hijos señalados por la denunciante, a fin de garantizar el retorno seguro a su hogar.

La afectada afirmó ante la Fiscalía que sus hijos casi siempre están ebrios y la agreden verbalmente y la maltratan físicamente, además de que le quitan el dinero de la pensión que recibe mensualmente.

Ante estos abusos de parte de sus hijos, la señora dejó su casa e interpuso su denuncia, tras la cual informó que ya requería volver a su casa y le dieron la medida de protección emergente antes mencionada.

Con base en el artículo 29 de la Ley General de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, entre las medidas destacan: la desocupación inmediata de los agresores del domicilio donde habita la mujer y la prohibición inmediata a los responsables de acercarse al domicilio o lugar que frecuente su progenitora.

Se ordenó que la mujer vuelva al domicilio una vez que se salvaguarde su seguridad y la prohibición de intimidar o molestar a la víctima en su entorno social, así como a cualquier integrante de su familia.

Ante el caso, la Fiscalía General del Estado, a través del Centro de Justicia para las Mujeres da seguimiento puntual a la integración de la carpeta de investigación correspondiente y continúa con la indagatoria, a fin de deslindar las responsabilidades jurídicas del caso.