MÉRIDA, Yucatán, viernes 08/05/20.- Los colombianos Yilena Yiseth Fino Cogollo, Wilson Alberto y Wilmar Céspedes Bernal, y los mexicanos Alejandro Nabor Vargas Zambrano y Saraí Ramos Mendoza fueron declarados culpables de los delitos de robo calificado (2) y robo calificado cometido en pandilla (2).

Sin embargo, nada más los van a condenar por dos robos, pues otros dos hurtos a casas no pudieron comprobárseles y el martes 12 de mayo se efectuará la audiencia de imposición de sanciones y reparación del daño. Luego se fijará fecha para la audiencia de lectura de sentencia.

Los condenaron por unanimidad por el Tribunal Primero de Enjuiciamiento, integrado de Fabiola Rodríguez Zúrita, Nidia Guadalupe Celis Fuentes y Níger Desiderio Pool Cab.

El primer robo se dio el 30 de septiembre de 2018, a las 16:10 horas, cuando tres de los cincos condenados entraron a una casa del Country Club y se apoderaron de diversas pertenencias, entre ellas dos armas de fuego, alhajas, de 30 dólares canadienses, relojes de lujo, así como dinero en moneda nacional en efectivo, entre otros objetos que no fueron recuperados.

A las 19:10 horas de ese mismo día, dos de las cinco personas, entraron a una casa de la misma colonia residencial y se apoderaron de dinero en efectivo, alhajas y relojes, robo que no se les pudo comprobar.

Posteriormente, el 30 de octubre, a las 13:30 horas, un denunciante de estos hechos, al regresar a su casa con su esposa e hijo vio que la cerradura de la puerta trasera de su residencia, ubicada también en el Country Club, estaba forzada y dañada y que se había sustraído de la misma 137 mil pesos, un lote de alhajas y dos relojes de lujo.

Enseguida llamó a la seguridad del complejo residencial y posteriormente al 911.

Las cinco personas acusadas robaron esos bienes muebles ajenos, pero las detuvieron.

Cabe mencionar que en este mismo juicio acusaron a Alejandro Nabor, Yilena Yiseth y Wilson por el delito de robo calificado cometido en pandilla y a Wilmar Alberto y Saraí de robo calificado (2), pero el Tribunal dictó fallo condenatorio a los tres primeros y absolutorio a los últimos dos.

Absolvió a las dos personas por unanimidad, porque los acusadores no pudieron probarlo,  debido a la falta de interés de los denunciantes durante el juicio que empezó el 7 de abril.