MÉRIDA, Yucatán, sábado 25/04/20.-  El Gobierno del Estado sancionó a nueve dueños de los vehículos de transporte de pasajeros que cubren las de la ciudad y la zona metropolitana que tuvieron sobrecupo e incumplieron medidas sanitarias para evitar el contagio del Coronavirus.

Como resultado de este operativo, el Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial (Imdut) informó que tras la jornada de este viernes se aplicaron infracciones a dos taxis, seis Vans y un autobús, en tanto que seis Vans y un autobús fueron retenidos y enviados al depósito vehicular.

Ayer publicamos que, en plena restricción para inmovilizar al 75% de los ciudadanos, el chófer del autobús 303, de la Ruta-4 (R-4) de Ciudad Caucel lo llenó a más no poder, de modo que hasta parada iba la gente. Esto sucedió a las 08:00 horas, a la salida de Ciudad Caucel, justo en donde está el restaurante bar Lapa-Lapa, en donde un usuario tomó la foto e hizo notar la flagrante violación a las medidas sanitarias impuestas para reducir el contagio de Covid-19.

Según el gobierno del estado, inspectores del Imdut verificaron para que los autobuses, así como los vehículos utilizados como taxis y los que prestan servicios a través de plataformas tecnológicas, cumplieran con las disposiciones sanitarias, entre ellas el uso de cubrebocas, tanto para usuarios como operadores, así como mantener la sana distancia en las zonas de ascenso y descenso y al interior de las unidades. 

Además, el Imdut en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) instalaron retenes ubicados en los cuatro puntos cardinales de la ciudad y en los paraderos del centro meridano para verificar que los vehículos que cubren las diversas rutas dentro en Mérida y la zona metropolitana mantengan los lineamientos de salud.

Las sanciones por incumplir estas disposiciones, de acuerdo con la Ley de Transporte son:

-Por no cumplir con las disposiciones señaladas por los inspectores de transporte: de 25 a 100 umas.

-Por poner en riesgo la seguridad de los pasajeros: de 25 a 100 umas.

– Por sobrecupo: de 25 a 100 umas igual.

Además de las sanciones, los autobuses o taxis, de acuerdo al artículo 24 de esta ley, que presten el servicio de transporte de pasajeros que no cuenten con concesión, permiso, certificado vehicular o certificado de operador vigente y/o que violen de manera flagrante alguna de las infracciones establecidas en esta norma o su reglamento se le podrá impedir la circulación, así como retener y remitir a los depósitos correspondientes.