CIUDAD DE MÉXICO. lunes 23/12/19.- Desde enero de 2020, el SAT pondrá lupa a los recibos de nómina, pues buscan que no se pueda evadir a través del subsidio al empleo que aplica el gobierno federal a los trabajadores que ganan hasta dos salarios mínimos.

Para el siguiente año, la subvención tendrá un costo fiscal de 51 mil 947 millones de pesos, lo que representa un beneficio para que trabajadores que ganan menos no tengan tanta afectación por el ISR, es decir, el impuesto sobre la renta.

Muchos patrones registran a sus empleados con un sueldo menor para poder gozar de ese subsidio y se quedan con el impuesto retenido por la suma global del sueldo total que entregan completo. Una parte del salario la dan efectivo y la otra, en el recibo de nómina ligado a la cuenta bancaria.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que a partir de enero, los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) deberán incluir el concepto de nómina, aunque aparezca en ceros.

Actualmente en los recibos electrónicos ese concepto no aparece, solo se da información sobre el sueldo base en la parte de las percepciones del ISR retenido, así como el descuento al IMSS en las deducciones.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Asociación de Bancos de México anunciaron que empezarán a emitir facturas instantáneas a clientes que usen sus tarjetas de débito o crédito, para así facilitar los procesos a los contribuyentes.

Otro objetivo del convenio es tener un control sobre las operaciones con los plásticos, pues si se registra más gastos del ingreso percibido, podrían cobrar un impuesto.

Con esta medida, El SAT detectaría “discrepancias fiscales” en personas físicas y tendrá mayor vigilancia en qué hacen los usuarios con sus ingresos.

La información que solicita el SAT a los bancos incluye datos del cuentahabiente como: nombre, RFC, CURP, límite de crédito y montos de los pagos mensuales realizados. La disposición ya causó la inconformidad de diversas instituciones, Banco Azteca, por ejemplo, promovió una demanda de amparo, pues les enviaron un oficio en el que les pedían entregar todos los datos de cuentas de sus tarjetahabientes.

El artículo 42-A del Código Fiscal de la Federación estableció la facultad para solicitar a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros datos, informes y documentos, para planear la fiscalización.

“De esta manera se determinará si se necesita hacer una acción de control”, declaró el SAT.

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Las facturas instantáneas son opcionales, pero de todas maneras las operaciones con plásticos se enviarán al SAT.

Cuando los padres quieren castigar a sus hijos por no obedecer, suelen quitarles el celular como un método de sanción para el menor. Esto es un ejemplo de lo que podría hacer el fisco con los contribuyentes que no cumplan a tiempo con sus obligaciones fiscales.

En vez de quitarles el celular, les va a suspender temporalmente el sello digital, con lo cual no podrán emitir facturas, explica el experto Javier Zepeda.

El Certificado de Sello Digital (CSD) es un archivo digital emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que sirve para generar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), ya que la Fiel o firma electrónica no es suficiente para este propósito.

Al respecto, el director general de Bios Instala explicó: “Si te congelan el sello digital, no puedes hacer facturas, el cliente no te paga, no tienes ingresos y no se puede cumplir con los compromisos de pago, con lo cual la empresa o contribuyente está prácticamente en promesa de morir”, alerta.

Advierte que en 2020, el SAT aplicará este cambio que está en la resolución miscelánea fiscal.

“El SAT está cerrando el camino para que el contribuyente, se porte bien, pague sus impuestos, no intente defraudar al fisco y no intente engañarlo con número o que esté falseando información”, pondera.

Facturación y otros cambios del SAT en 2020
Explica que dentro de los cambios más importantes para 2020 para los millones de contribuyentes que día a día, sin importar si son pequeños o grandes, están facturando y hacen recibos de nómina.

Es decir los que tienen que ver con el comprobante fiscal digital por internet (CFDI). Para destacar esta medida, menciona que se emiten al día 12 millones de comprobantes fiscales.

“El SAT va a castigar al que se porte mal, es como los padres que tienen hijos adolescentes, cuando se portan mal, y necesitan reprenderlos, les quitan el celular y no van a tener contacto con los amigos; se les va a retirar uno o dos días”, señala.

Presentar dos o más declaraciones provisionales de manera seguida.
Que no puedan acreditar que su operación con proveedores sea real.
Cuando el fisco detecte inconsistencias entre los ingresos declarados por el contribuyente y los obtenidos.
Cuando se falsa la información o no tenga activo el buzón tributario.
Declarar pérdidas inexistentes.
¿Qué puede hacer un contribuyente si el SAT le quita su sello?
Javier Zepeda dice lo que pasará:

El contribuyente tiene 10 días para responder.
El SAT tendrá a más tardar que restablecerle el certificado del sello digital al día siguiente hábil desde el momento en que responda el contribuyente dentro del plazo establecido. “Con esto, el contribuyente podrá seguir operando en lo que aclara la situación”, destaca.
Por su parte, el SAT tiene 5 días hábiles para requerirle más información o 10 días hábiles para dar por terminado el proceso.

AGENCIAS