SINALOA, jueves 01/08/19.- Por unanimidad, el Congreso de Sinaloa aprobó el dictamen que prohíbe para quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, ejercer castigo corporal a niños, niñas y adolescentes. En redes sociales se le llamó “ley chancla” o “ley anti chancla”.
El Pleno aprobó el dictamen de la Comisión de Equidad, Género y Familia que armoniza la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa, con la legislación general.
El dictamen hace referencia a una tesis de que la violencia familiar no se justifica en ningún caso como una forma de educación o formación hacia el menor, pues cualquier acto de violencia riñe con la dignidad humana y el derecho del niño a ser protegido en su integridad personal.
Legisladores aprobaron reformar la fracción VIII del artículo 83 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa.
El Artículo 83 de la ley vigente establece las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guardia y custodia, que tengan bajo su cuidado niñas, niños o adolescentes.
La reforma al artículo VIII, queda así: “Abstenerse de cualquier atentado contra su integridad física, psicológica o actos que menoscaben su desarrollo integral; así como de ejercer cualquier tipo de violencia en su contra, en particular el castigo corporal. El ejercicio de su patria potestad, tutela o guarda y custodia no podrá ser justificación para incumplir la obligación prevista en la presente fracción”.
El dictamen aprobado por la Comisión de Equidad, Género y Familia tuvo su primera lectura en la sesión de este martes 30 de julio y aprobado este 31 de julio.
AGENCIAS


