MÉRIDA.- Suspenden seis meses el proceso en contra de la empresaria Laura Beatriz Cuéllar Padrón, acusada de abuso de confianza por 47 millones de pesos, por dos pagarés que supuestamente le firmó su ex suegro Mario Faustino Uc Cuevas, ex presidente de la delegación de la Cámara Nacional de la Industria Pesquera y Acuícola (Canainpesca).

 

El juez de control Rómulo Antonio Bonilla Castañeda, en ausencia de la juez Suemy del Rosario Lizama Sánchez, que se encuentra de vacaciones, dio al traste con las pretensiones de la parte demandante.

Lo anterior porque desde el 2014, el demandante Karim Moisés Roche Cortez y la Fiscalía General del Estado no han podido acreditar el monto del daño supuestamente ocasionado.

Le impuso a la mujer otro tipo de medidas cautelares, que consistieron en acudir a firmar, el retiro del brazalete electrónico, no acercarse a la víctima a 300 metros de distancia y la prohibición de salir del Estado.

Cabe indicar que la Fiscalía pretendía que el tiempo de duración de las medidas cautelares fuera de dos años, pero el juez no accedió por ser desproporcional.

La mujer fue vinculada a proceso por el delito de falsificación de documentos en general por intentar cobrar dos pagarés apócrifos a los deudos del empresario Mario Faustino Uc Cuevas, ex presidente de la delegación de la Cámara Nacional de la Industria Pesquera y Acuícola (Canainpesca) y de esta forma obtener un lucro de 46 millones 700 mil pesos.

Por medio de un memorial del 17 de junio de 2014, Cuéllar Padrón promovió formal demanda en Juicio Ejecutivo Mercantil en contra del finado, el cual había fallecido en 2012, demanda que recayó en un Juzgado Mercantil.

Señalaba que el finado, en fechas 7 de enero y 7 de febrero de 2005, suscribió a su favor dos pagarés, por 10 millones de pesos cada uno, con interés moratorio del 3% mensual.

Los pagarés los utilizó como base de su demanda mercantil y como aparentemente estos documentos no fueron suscritos por Uc Cuevas, se comprobó la falsificación por medio de un perito en documentología.

El juez del conocimiento emplazó la demanda al difunto y después a la sucesión testamentaria de aquél, por lo que se siguió la tramitación del proceso instaurado hasta culminar con sentencia definitiva de primera instancia favorable a los intereses de la demandante.