MÉRIDA.- El ex presidente del Colegio de Psiquiatras de Yucatán, Enrique Lara González, fue absuelto por unanimidad de votos del Tribunal Segundo de Juicio Oral por el hecho de la “duda razonable” y condenó a Pablos Santos García Gutiérrez por el homicidio de su colega Felipe de Jesús Triay Peniche.

A exactamente dos años de estar privado de su libertad, Lara González recuperó su libertad, al no poder determinarse que tuvo participación en el crimen, al ser casi imposible comprobar su presunta autoría intelectual en el delito.

Cabe mencionar que Enrique Lara fue defendido por el despacho del ex fiscal Héctor Cabrera Rivero, por conducto de los abogados Juan Góngora Puerto y Patricia Castro.

La jueza María del Socorro Tamayo Aranda, quien fungió como relatora para este caso, dio lectura al acta resultado de la deliberación.

El Tribunal determinó, como consecuencia de la valoración jurídica de la prueba rendida por la fiscalía estatal, que dicha prueba superó los límites necesarios para tener por demostrado el delito de homicidio calificado cometido en la persona de Triay Peniche, haciendo consistir la calificativa del delito en la ventaja, no teniendo por acreditadas las diversas de premeditación, alevosía y traición que acusaron los fiscales.

En cuanto a la responsabilidad de uno de los acusados, se determinó que la prueba rendida por los fiscales superó los límites necesarios para tener por acreditada aquélla, más allá de toda duda razonable, ya que dicha responsabilidad se comprobó en juicio mediante testimonios, pruebas preconstituidas, así como pruebas científicas.

Sin embargo, la autoridad judicial adoptó distinto criterio con relación al segundo de los acusados, a quien se le atribuyó la coautoría, toda vez que en el ánimo del Tribunal existió la duda razonable de su participación en los hechos.

Ante esta duda, no existió la convicción judicial de la participación del acusado en cita, por lo se decretó su absolución e inmediata libertad.

Vale mencionar, que será hasta la lectura de la correspondiente sentencia en la que se escucharán todos los argumentos valorativos con relación a las pruebas.

Al inicio de la audiencia pública, que en su totalidad llevó más de 320 horas, en las que los integrantes del Tribunal apreciaron de forma exhaustiva todas y cada una de las pruebas presentadas por las partes, la juez Tamayo Aranda resaltó ante las partes, los ciudadanos y medios de comunicación presentes, el trabajo imparcial de los jueces.

“Los integrantes de este cuerpo colegiado dentro de la labor judicial que nos compete al escuchar los hechos que se demuestran en debate, el cual, cabe resaltar, son los únicos a los que se atiende para tomar una decisión final, sin injerencias ni presiones externas de ninguna índole, para así dar vida a la imparcialidad del juez que se manifiesta como una expresión del derecho humano al debido proceso para asegurar la objetividad frente al caso que se pone a disposición para el juzgamiento, ha resuelto en este sentido”, expresó frente a la audiencia.

Finalmente,  la jueza presidenta, Verónica de Jesús Burgos Pérez, citó para el día 31 de agosto, a las 9 horas, para celebrar la audiencia de determinación de la pena y reparación del daño, en la que se debatirá sobre estos aspectos.

Teoría del caso

Entre las últimas horas del día 15 y las primeras horas del 16 de agosto de 2014, en una habitación del predio ubicado en la calle 25 x 22 de la colonia García Ginerés; empleando un cuchillo y una picoleta, Enrique Lara González y Pablo Santos García Gutiérrez, en coautoría y con dominio compartido de los hechos, ejecutando su plan, hirieron a Felipe de Jesús, ocasionándole la muerte.

Aprovecharon que, como resultado de la trampa que le tendieron, habían reducido las defensas de su víctima, quien no pudo evitar el mal que se le hacía.

Plan que surtió efectos porque Triay Peniche fue víctima de traición por parte de su amigo Enrique Lara.