MÉRIDA.- El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Yucatán desechó como improcedente una denuncia por “mobbing” (acoso laboral) que interpusieron siete funcionarios en contra de la ahora ex administradora del Juzgado Especializado en Justicia para Adolescentes del Sistema Acusatorio y Oral, Viridiana Acevedo Ceballos.

Ahora la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Yucatán tiene la última palabra para intervenir e investigar por oficio la actuación de magistrados y consejeros del Poder Judicial del Estado, pues no es lógico que siete personas se quejen (otras más no lo hicieron por temor) y nada más la señalada tenga la razón.

Los quejosos entregaron un escrito al Grillo, en el que dan a conocer el caso con todo y pormenores.

Lo anterior, contrario a los que supuestamente predica el Nuevo Sistema de Justicia Oral, como es el derecho a la adecuada defensa y la contradicción, pues después de dos años nunca investigó y recabó las declaraciones de los afectados, dejando en claro este órgano su parcialidad, pues únicamente aceptó las pruebas de esa funcionaria y los jueces, que sabían de su trato prepotente, no hicieron algo para evitarlo.

Este procedimiento administrativo se interpuso en agosto del 2014 y después de dos años fue desechado con argumentos por demás ridículos, pero según los quejosos no procedió porque la acusada es protegida del magistrado Ricardo Ávila Heredia.

El acoso laboral o “mobbing” es una conducta que se presenta en el ámbito laboral con el objeto de intimidar, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, con miras a excluirla de la organización o satisfacer la necesidad que suele presentar el hostigador, de agredir, controlar o destruir.

Es por eso que resulta totalmente irónico que las personas que acuden a un juzgado, a quienes se les respeta su derecho de contradicción, tengan más derechos que la parte actora en un procedimiento administrativo.

Esta funcionaria, que a decir de los afectados siempre se establece como víctima, para no afectarla, fue reubicada a otra área, en donde continúa haciendo de las suyas.

En el escrito que se presentó al consejo se hacía un relato pormenorizado de las anomalías en que incurrió la Acevedo Ceballos, ordenaba que efectuaran tareas fuera de su rol profesional, discriminaba a una trabajadora, la cual hasta contrajo una tos nerviosa por las constantes presiones y humillaciones de que era objeto.

Descalificaba el trabajo de las demás funcionarias, pues corregía con el menor pretexto las actas en tres o cuatro ocasiones, aunque provengan de un formato aprobado por aquella.

En sus correcciones acostumbra dibujar “caritas” con expresiones emocionales y su trato prepotente alcanzaba al público en general, a tal grado que ese consejo desechó también la queja de unas personas ajenas al Poder Judicial.

Incluso quería controlar la forma de vestir del personal, cuando ella no daba el ejemplo.

Ni qué decir en caso de las suplencias y vacaciones, pues por mero capricho hacía que regrese el personal.

También acostumbra descalificar, amedrentar y tacha de incompetentes a los empleados a su cargo, lo que ha acostumbrado realizar desde que era técnico judicial.

Ante todo lo anterior y más, que fue debidamente plasmado con nombres, fechas y apellidos, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial no hizo caso.

Una vez más, el Poder Judicial del Estado está en entredicho.