MÉRIDA.- Las fallas del Nuevo Sistema de Justicia Penal y hasta del “localizador electrónico”, se pusieron de manifiesto luego que la juez de control Suemy del Rosario Lizama Sánchez dejara en libertad y con supuestas medidas cautelares a Angel Osvaldo Castro Pool, acusado de violencia doméstica, que aprovechó para salir libre y darle una buena tunda a su ex pareja, que lo había demandado.

Dicha juez determinó (a toro pasado) en esta ocasión a acceder a la solicitud inicial de la Fiscalía General del Estado para revisar y modificar la medida cautelar que se había impuesto a este sujeto vinculado al delito de violencia familiar ocurrido en mayo pasado.
Vale señalar que en la audiencia de imputación a proceso, del 31 de mayo, se le impuso a Castro Pool las siguientes medidas cautelares:

Firmar ante el Centro Estatal de Medidas Cautelares una vez al mes durante los primeros 5 días; no salir del Estado; no convivir ni acercarse a la víctima en un radio de 300 metros; abstenerse de estar en el mismo lugar que aquélla y no comunicarse de ninguna manera con ella, además de colocarle el localizador electrónico.
Lizama Sánchez escuchó los alegatos y valoró los datos prueba presentados por los fiscales con el fin de demostrar que el vinculado incumplió dos de las medidas que originalmente se le habían impuesto.

Como se recordará, estas medidas eran la prohibición de acercarse o de comunicarse por mensaje de texto, llamada o red social con la víctima y la colocación de un localizador electrónico.
También la hoy víctima interpuso una nueva denuncia debido a las lesiones que el imputado le causó el 23 de julio, luego que éste ya había sido vinculado.

A esto, la defensa, en su oportunidad, manifestó que los datos de prueba no fueron congruentes con lo manifestado por los fiscales y el imputado mencionó que se encontró con la hoy víctima, pero que fue “por casualidad”, y no dio razones por las cuales el localizador electrónico no habría funcionado.

Ante lo evidente, la juez de control resolvió que los datos de prueba expuestos por los fiscales, que consistieron en una nueva denuncia y las documentales de geolocalización del imputado, fueron útiles para tener por justificada la modificación de la medida cautelar y accedió a la solicitud de los fiscales de imponer al vinculado la prisión preventiva, que tendrá la temporalidad de cuatro meses y que vencerán el 30 de septiembre.

Los hechos establecidos por los fiscales ocurrieron el 28 de mayo, aproximadamente las 22:30 horas, cuando la señora Jessica Nayeli de la Cruz Guzmán se encontraba en un domicilio del fraccionamiento Jardines del Norte, acompañada de la hoy víctima, quien en ese momento mantenía una relación sentimental.
En un momento dado, su ex pareja la agredió físicamente, ocasionándole lesiones que en su momento tardaron en sanar más de 15 días.