MÉRIDA.- Por segunda ocasión, el juez de Control Luis Edwin Mugarte Guerrero no autorizó la prueba pericial de psiquiatría legal y forense, para examinar a Enrique Lara González y a Pablo García, acusados de asesinar a su colega Luis Felipe Triay Peniche.
En realidad, el juez negó ayer hoy mismo (lunes) dos veces la solicitud, pues también falló en ese sentido cuando la representación legal y el abogado de la coadyuvancia, Fernando Eduardo Alpuche Ojeda, interpusieron un recurso de revocación tras el primer veredicto.
El Lic. Mugarte Guerrero basó su veredicto en una presunta falta de argumentación y motivación de la solicitud.
Temprano comenzó la audiencia respectiva, misma que duró poco más de tres horas, realizada en la sala 3 del Centro de Justicia Oral de Mérida, en la que el abogado Alpuche Ojeda solicitó por segunda ocasión ese estudio.
De inmediato, a la solicitud se sumaron los fiscales investigadores encabezados por William Solís Salas y argumentaron que se trataba de un procedimiento no invasivo, es decir los acusados sólo serían sometidos a una serie de preguntas que realizaría la perito en psicología París Hernández López, quien durante dos sesiones de dos horas los entrevistaría por separado y bajo supervisión de guardias.
Indicaron que los procesados podrían no contestar las preguntas, tomando en cuenta lo establecido en la Ley General de Víctimas.
A principios de año, se hizo una solicitud similar, pero los abogados defensores argumentaron que se violarían los derechos a la intimidad de los procesados, en sus aspectos físico y psíquico, además de que esa prueba es subjetiva.
En su turno, Pablo García expuso que la psicóloga Hernández López fue su jefa en el Hospital Psiquiátrico Yucatán en 2012 y, por tanto, podría resultar sesgado el resultado.
Asimismo, la contraparte dijo que buscaban encontrar rasgos de personalidad disociada o trastornos mentales como agravantes del delito que se acusa a los psiquiatras.
A final de cuentas y luego de varias argumentaciones, el juez determinó que no era procedente la revocación de su propio fallo porque los promoventes no argumentaron el por qué era necesario efectuar dicha prueba y que si accedía a esa media se violentarían los derechos humanos de los procesados.