El pesquero Tío Loncho, que encalló en el Arrecife Alacranes, la semana pasada. (grillo porteño)
El pesquero Tío Loncho, que encalló en el Arrecife Alacranes, la semana pasada. (grillo porteño)

MÉRIDA.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) detectó, de manera preliminar, que el pesquero “Tío Loncho” dañó 43.2 metros cuadrados de roca madre, al encallar el pasado 25 de diciembre en el Área Natural Protegida Parque Nacional “Arrecife Alacranes”.
Inspectores de la PROFEPA, en coordinación con personal de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), realizaron una visita de inspección al sitio del encallamiento de la embarcación pesquera, a fin de determinar y evaluar el daño a la barrera arrecifal.
Se observó que la embarcación se encuentra encallada sobre suelo rocoso con orientación de la proa al poniente, rumbo a la laguna arrecifal y la popa, con orientación al oriente, ligeramente escorada a babor con 20° de inclinación y con daño significativo en la quilla.
La Delegación Federal de la PROFEPA en Yucatán informó que al momento de la inspección se constató que la embarcación no ha dañado de manera directa a las formaciones coralinas presentes en la zona, sin embargo se detectaron afectaciones a la roca madre en 43.2 metros cuadrados.
Explicó que al momento de la contingencia, los tanques de combustible de la embarcación se encontraban llenos, de modo que se realizó el trasiego de 400 litros de combustible en contenedores, los cuales fueron depositados en otra embarcación para evitar un posible derrame de hidrocarburo.
La PROFEPA presentará un dictamen final, una vez se haya retirado la embarcación, cuando las condiciones meteorológicas permitan un plan de salvataje, lo que sí podría dañar a los arrecifes coralinos.
La Ley General de Vida Silvestre establece una sanción de hasta 3.3 millones de ésos –de 50 a 50 mil veces de salario mínimo-, por dañar arrecifes coralinos y el Código Penal Federal señala que las afectaciones a la biodiversidad constituyen un delito grave cuando se trata de un Área Natural Protegida (ANP), que se sancionan con penas de 2 a 10 años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días multa, aumentándose la penal en dos años de prisión y hasta mil días multa adicionales cuando se trata de una ANP.
Cabe destacar que el Parque Nacional “Arrecife Alacranes” es un área de preservación de germoplasma de especies en peligro de extinción y endémicas.